PROTOCOLOS EN PREVENCIÓN
DEL ACOSO SEXUAL

El protocolo para la prevención del acoso sexual es un documento que sirve de guía y facilita la elaboración de un procedimiento para la prevención y el tratamiento del acoso sexual en el trabajo y dotarlos de una herramienta que los ayude a la implantación de las medidas preventivas necesarias para erradicar estas conductas del ámbito laboral.

Su objetivo fundamental es sensibilizar sobre su realidad, sus causas, sus efectos, su prevención y su adecuado tratamiento, sirviendo además de guía y en lo referente a las empresas y entidades en varios aspectos relacionados con la elaboración, implantación y difusión de su propio protocolo de actuación en esta materia, tales como la definición de los comportamientos en los cuales se manifiesta, los procedimientos para canalizar los casos que pudieran producirse, el régimen sancionador y las consecuencias legales de este tipo de comportamientos, las repercusiones sobre las personas y sobre las propias organizaciones, las responsabilidades y obligaciones de la entidad en esta materia, la normativa de aplicación, etc.

Ofrece información sobre los recursos que están a disposición de las empresas, así como una serie de documentos y modelos para contribuir a la puesta en marcha de los mecanismos internos adecuados para prevenir y afrontar este tipo de conductas.

Es un Manual que está concebido para su aplicación general, de tal forma que las pequeñas y medianas empresas podrán adaptar las recomendaciones concretas que se recogen, en función de sus recursos, estructura y necesidades específicas.

 

 

PROTOCOLOS EN PREVENCIÓN
DEL ACOSO MORAL

Se entiende por acoso moral (mobbing) la situación de hostigamiento en el puesto de trabajo en el que una persona o grupo de personas se comportan abusivamente, ya sea con palabras, gestos o cualquier otra forma, respeto a otra, atentando contra su persona de manera sistemática, recurrente y durante un tiempo, pudiendo destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar la ejecución de sus tareas, provocando en quienes lo sufre síntomas psicosomáticos y estados de ansiedad o depresión, con el fin de provocar que la persona afectada finalmente abandone el puesto de trabajo.

Por eso, y con el objetivo de cumplir con el deber de la empresa de velar por la seguridad y salud de sus trabajadores, y de adoptar las medidas necesarias para protegerla, y para defender el derecho de los trabajadores a ser tratados con dignidad, se formaliza el protocolo, en base a los siguientes principios

  • La empresa rechaza de manera contundente cualquier tipo de acoso laboral en el trabajo y declara expresamente que los considera inaceptables e intolerables.
  • Todos los trabajadores tienen derecho a un ambiente de trabajo adecuado, libre de problemas de intimidación y tienen que tener garantizada la ayuda a la persona que lo sufra.
  • Tienen derecho a que se garantice que este tipo de denuncias se tramitarán observando un riguroso respeto a la intimidad, confidencialidad, objetividad y neutralidad.

Los mecanismos de presión por los que se manifiesta el acoso moral son variados, pero encontramos elementos comunes como: Medidas de aislamiento social, separación del trabajador de sus funciones de más responsabilidad, medidas de ataque a la víctima; agresiones físicas o verbales.

El procedimiento sigue diferentes fases, donde en una primera puede existir un mediador/es que actúa/n con total independencia al recibir las denuncias pertinentes y, en otras posteriores, en caso de no prosperar la mediación, se instruye un procedimiento para la averiguación de los hechos hasta emitir una propuesta de resolución del conflicto. Este procedimiento es extrajudicial e independiente de posibles reclamaciones por cualquier concepto.